El retorno a los modos del pasado absolutista sufre una quiebra en 1820, con la reimplantación de la Constitución de 1812 y una nueva convocatoria de Cortes representativas de la nación; y, con el Trienio Liberal, se regresa a una época de ilusión, si bien asimismo se conoce un momento de radicalización liberal y, como exhibe de rechazo a ese proceso, el retraimiento de muchos doceañistas que adoptan posiciones moderadas. El Capítulo III de la Directiva 80/94/CE está destinado a las excepciones desarrollandose de lo ya previsto en el art. 19 TCE. Dichas salvedades se vinculan a la coyuntura de que en algún Estado miembro el ejercicio de determinados cargos, alcaldes o concejales, logren desempeñar funcionalidades similares con el ejercicio de la autoridad, directamente relacionadas con la soberanía, y en teóricos en que permanezca un porcentaje superior al 20% de ciudadanos comunitarios de europa con derecho a voto en un preciso concejo. Para el creador el modelo de ciudadanía multilateral no sólo debería comprenderse como la oportunidad de ser titular simultáneamente de múltiples ciudadanías, sino más bien la posibilidad de ejercerlas con mayor o menor intensidad según los sentimientos de cada ciudadano hacia todas esas comunidades políticas (op. cit. p. 54).
Convergen, de esta manera, en el concepto de ciudadanía europea los extremos que, desde Maastricht han venido marcando el enfrentamiento de la integración europea, a saber, la ordenación de la composición institucional comunitaria, la relación entre los Estados integrantes y la Unión Europea y la incorporación de los derechos fundamentales al ordenamiento jurídico comunitario. No obstante, el enfrentamiento doctrinal y político sobre el concepto de ciudadanía europea y su plasmación normativa en las consecutivas reformas de los Tratados habidas tras Maastricht quedó, entendemos, ensombrecido por la cuestión del reparto de poder entre los Estados integrantes y entre las instituciones comunitarias, de tal forma que no se ha profundizado bastante en una compresión global de los dos elementos. El sistema de libertades y derechos que diseñó el constitucionalismo español se vio muy mediatizado por fuerzas extraconstitucionales. Habrá que esperar a la Constitución de 1869 para ver difundida una declaración de derechos extensa. Las de 1837 o 1845 recogían importantes derechos, pero no mentaban otros tan escenciales como los de asociación, reunión, manifestación, libertad de enseñanza, etcétera. Varios de estos derechos y libertades fueron regulados por leyes orgánicas, que los consecutivos gobiernos lograron utilizar de manera aproximadamente restrictiva en función de su ideología y de sus intereses.
El Derecho De Voto Activo Y Pasivo De Los Ciudadanos De Europa En Las Elecciones Al Parlamento Europeo
En cuanto al extranjero, en su condición de candidato, resulta indudable que no es posible el establecimiento de previsiones legales que pudieran sospechar una posición distinguida respecto de los nacionales, al implicar una clara vulneración del principio general de igualdad, que funciona todo el desarrollo electoral y que viene garantizada orgánicamente por la Administración electoral . De esta manera, el candidato extranjero como titular individual del derecho de sufragio pasivo queda protegido y nuestro proceso electoral no puede verse modificado en sus garantías por la condición de extranjero de alguno de los candidatos . Pero, además de esto, aún cuando el sufragio pasivo sea de titularidad individual, su ejercicio se lleva a cabo en un grupo, de tal manera que la adscripción política de los aspirantes cobra una relevancia jurídica, que se proyectará asimismo en su condición de representantes escogidos, que hace que los partidos puedan ver lesionados sus derechos como sujetos privilegiados del desarrollo electoral por una viable discriminación a lo largo del mismo de uno de sus candidatos, derivada de su condición de extranjero. En un caso así el derecho de sufragio, como ya expusimos, constituye una oportunidad reconocida constitucionalmente y detallada a través del desarrollo del presente artículo 19 del TCE (ex producto 8 b del TCE) regla que forma, a nuestro comprender, la auténtica fuente del mismo.
El control militar, adjuntado con la frecuente suspensión de las garantías constitucionales, logró que el ejercicio real de libertades y derechos fuera bastante precario. La Restauración canovista fue un intento de asentar el poder constitucional sobre bases civiles, separando al ejército de la vida política, bajo el supuesto del turno pacífico de partidos. Pero la endogamia política generada por los partidos dinásticos -conservadores y liberales-, la creciente oposición de las fuerzas no dinásticas, enlazadas al mundo del republicanismo y del regionalismo, y la aparición de un movimiento obrero poco a poco más organizado, propiciaron un deterioro del sistema y el recurso al ejército cada vez con más continuidad, en especial a partir de 1909, que se irá convirtiendo en la fuerza tutelar de la monarquía. Esta se desentendió poco a poco más de su aspecto constitucional, ligando su suerte a la institución militar. El golpe de Estado de Primo de Rivera fue el último recurso de la Corona. No resultó extraño que, agotada la Dictadura, la propia monarquía cayese con ella.
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Semejantes derechos, como ya hemos puesto de manifiesto, quedaban vinculados a la obligación de la no discriminación del artículo 12 TCE, con lo que la Directiva se limitó a establecer las medidas primordiales a fin de que tal discriminación no se produjera, fijando unos mínimos a respetar por los poderes públicos en el instante de adoptar las medidas necesarias para llevar a cabo efectivo el derecho de sufragio de los ciudadanos de europa en las elecciones municipales . Ahora bien, al considerarse este derecho como una concreción de las libertades de circulación y vivienda su control queda sometido a la TJCE dotándolo de una protección jurisdiccional que, no obstante, no implica un tratamiento de los derechos de participación política desde la perspectiva de la teoría general de los derechos fundamentales aquilatada en el seno de los Estados . En ese sentido, los derechos de participación política, por virtud de su atributo de escenciales, gozan de la protección constitucional encomendada al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de acuerdo a sus respectivas esferas de rivalidad jurisdiccional. La doctrina internacionalista suele distinguir los derechos de ciudadanía según tengan una vinculación aproximadamente íntima con los ordenamientos internos, de tal forma que los derechos de petición ante el Parlamento Europeo y el Defensor del Pueblo europeo y el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo suelen clasificarse como derechos en el campo comunitario, mientras que el resto serían derechos en el ámbito interno de los Estados .
La implementación del voto de los mexicanos en el extranjero. Los trabajos constituyentes se empezaron en julio de 1977, con la capacitación de una ponencia pluripartidista en el Congreso, encargada de redactar un proyecto. Se debatió y aprobó primero en tal Cámara, luego pasó al Senado, donde se reelaboró considerablemente. Al final, una Comisión mixta de Diputados y Senadores presentó un texto unificado, que fue alto a ambas Cámaras para su aprobación determinante, lo que así ocurrió, sin apenas votos en contra. Al final el 6 de diciembre de 1978 se sometió a referéndum, resultando aprobada la novedosa Constitución de 1978 por una mayoría muy gran.
El Derecho De Voto Como Elemento Estructural De La Ciudadanía Europea
En 1923 un nuevo golpe para derrocar al gobierno determinó su fin y la instauración de la Dictadura del general Primo de Rivera, que duraría hasta 1930. Por otro lado, la Carta Magna mostró también su aptitud para adaptarse al marco jurídico-político y también institucional que impuso en 1992 el Tratado de Maastricht, que dio vida a la Unión Europea, más allá de que hay cuestiones pendientes que implicarían una precisa reforma de la Constitución para, por ejemplo, asegurar la igualdad de hombres y mujeres en el acceso a la Corona. Tras la implantación de un régimen provisional revolucionario, un decreto de noviembre de 1868 establecía, por primera vez, el voto universal masculino directo para todos y cada uno de los mayores de veinticinco años, lo que podía realizar albergar esperanzas de democratización del sistema político español.
Reanudación Del Constitucionalismo (1834-
Tampoco el Estado español hizo empleo de las probables salvedades que la Directiva prevé para su plena app , situación que hubiera podido darse para los casos de Ceuta y Melilla. En cuanto al contenido de la ciudadanía europea, en un momento inicial, la opción adoptada por el TUE, fue la de admitir un número reducido de derechos singularmente relacionados con el principio de la no discriminación, de larga tradición en el seno de las Comunidades De europa , lo que ponía de manifiesto las dificultades y prevenciones que generó el tránsito de una Red social de naturaleza fundamentalmente económica a una unidad de carácter político . La relación existente entre propiedad y derecho de voto constituyó entre las más importantes diferencias entre ámbas alas del liberalismo español . La Constitución de Cádiz de 1812 no incluyó requisitos de propiedad para el ejercicio del voto, pero tal visión se vio modificada con la entrada en vigor del Estatuto Real.
PI LLORENS, Los derechos fundamentales en el ordenamiento comunitario , Ariel, Barcelona, 1999, en especial p. 81 y ss. BALAGUER CALLEJÓN, La constitucionalización de la Unión Europea y la articulación de los ordenamientos europeo y estatal en M.A. GARCÍA HERRERA (dir.), El constitucionalismo en la crisis del Estado popular, Facultad del País Vasco, Bilbao, 1997, p. 594 y ss. Los derechos vinculados a la ciudadanía formaban una parte de las disposiciones del TUE que alteraban el TCE y que, a tenor del producto 46 TUE, corresponde al TJCE su protección y control. Se habla al fin y al cabo de mover al ámbito comunitario el grupo de principios y valores que cualifican al Estado Constitucional sobre la base de la asunción extendida de esta clase de Estado por los miembros de la red social y la consiguiente coincidencia estructural y axiológica de los mismos. HÄBERLE, Derecho constitucional común europeo, REP, núm.
Tal era el caso del reconocimiento de la soberanía nacional y la incorporación de una tímida declaración de derechos. Las Cortes se componían de dos cámaras, el Senado y el Congreso de los Diputados, con una denominación que se sostendría prácticamente desde entonces. La primera representaba el elemento conservador y aristocrático, pues se demandaban unos requisitos destacables para presentarse como candidato y para votar. El Congreso era la cámara de representación habitual destinada a servir de elemento impulsivo del Estado. Los diputados se escogían por un período de tres años y a través de sufragio directo. La función legislativa se encontraba compartida entre estas Cortes y el Rey, que de otra parte preservaba el poder ejecutivo.
La Crisis Del Siglo Xx
En tercer sitio, la inclusión del término de ciudadanía referido al vínculo entre las personas y la composición política de la Unión supone el reconocimiento de que esa composición descansa sobre el principio democrático. O lo que es exactamente lo mismo, el análisis del término, contenido y sentido de la ciudadanía europea queda vinculado al enfrentamiento sobre la organización institucional de la Unión. 3.- El derecho de voto activo y pasivo de los ciudadanos de europa en las elecciones al Parlamento Europeo. De esta forma, el constitucionalismo hispanoamericano subrayó el predominio del poder ejecutivo, reforzado precisamente por el caudillismo de los primeros presidentes, que, paradójicamente, reconocían la soberanía popular.